El Centro sociosanitario del Pino, podría abrir en Octubre

Tras 11 años de cierre, el antiguo Hospital del Pino (o más conocido hoy como Nuevo Pino) con un total de 455 plazas, podría abrir sus puertas como residencia sociosanitaria el próximo mes de Octubre, desahogando así, desde el punto de la salud mental, la residencia actual de San Juan de Dios.

Sigue leyendo El Centro sociosanitario del Pino, podría abrir en Octubre

El cuidador de enfermos de Alzheimer.

El cuidado de un paciente con Alzheimer, en 8 de cada 10 casos, recae en una sola persona lo cual provoca un deterioro a la salud del propio cuidador, del que ya hemos hablado en alguna otra ocasión en relación al muy parejo cuidador de enfermos de esquizafrenia.


Sigue leyendo El cuidador de enfermos de Alzheimer.

Terapia electrocompulsiva en Canarias.

Seis hospitales públicos de Canarias aplican la terapia electroconvulsiva para pacientes con trastorno mental grave e incapacitante, que de esta manera favorecen su mejoría y se reduce el número de recaídas en la enfermedad, informó ayer la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias.

Sigue leyendo Terapia electrocompulsiva en Canarias.

La isla del El Hierro carece de unidad de internamiento breve.

Ante la falta de un espacio adecuado donde alojar a pacientes que necesitan de una intervención rápida debido a su estado mental, Sigue leyendo La isla del El Hierro carece de unidad de internamiento breve.

Proyecto “JUNT@S” del Servicio Canario de Empleo

La Asociación de Familias y Enfermos Mentales de la Palma, a través de la subvención otorgada por el Servicio Canario de Empleo para el desarrollo del Proyecto “JUNT@S”, ha firmado con el Hospital General de La Palma, un acuerdo de colaboración para el desarrollo de la actividad de Terapia Ocupacional para los pacientes hospitalizados en la Unidad de Internamiento Breve.

Sigue leyendo Proyecto “JUNT@S” del Servicio Canario de Empleo

Condena a Sanidad por no atender a una paciente que se suicidó.

El Gobierno de Canarias deberá indemnizar con unos 60.000 euros a los padres cuya hija se suicidó tras no ser atendida de manera adecuada por el Servicio Canario de Salud. Así lo establece una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), que confirma la condena impuesta a Sanidad por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 4 de Las Palmas de Gran Canaria.

Sigue leyendo Condena a Sanidad por no atender a una paciente que se suicidó.

Esquizofrenia e internamiento involuntario

Todas las personas tienen derecho a ejercer su libertad a ser tratados o no. Éste es el principio básico que rige la asistencia de todos los pacientes y sólo cuando un paciente no es capaz de tomar libremente decisiones (por ejemplo, por una enfermedad mental), se puede conculcar este derecho. El Consejo de Europa, dentro de su Libro Blanco, ha propuesto una serie de criterios para proceder al internamiento involuntario, entre los que destaca que debe existir un trastorno mental rigurosamente comprobado y que este trastorno represente un serio peligro para el paciente u otras personas, sin que sean viables otras medidas menos restrictivas.Este hecho está regulado en España desde la entrada en vigor de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, capítulo II – artículo 763 del internamiento no voluntario por razón de trastorno psíquico.
El internamiento, por razón de trastorno psíquico, de una persona que no esté en condiciones de decidirlo por sí, requerirá autorización judicial, que será obtenida del tribunal del lugar donde resida la persona afectada por el internamiento. La autorización será previa a dicho internamiento, salvo que razones de urgencia hicieren necesaria la inmediata adopción de la medida. En este caso, el responsable del centro en que se hubiere producido el internamiento deberá dar cuenta de éste al tribunal competente lo antes posible y, en todo caso, dentro del plazo de veinticuatro horas, a los efectos de que se proceda a la preceptiva ratificación de dicha medida, que deberá efectuarse en el plazo máximo de setenta y dos horas desde que el internamiento llegue a conocimiento del tribunal.

A efectos prácticos, esto quiere decir que si la situación del paciente es de máxima urgencia debe ser conducido al servicio de urgencias más cercano lo antes posible, primero intentando convencerle y, si esto no es posible y la situación así lo requiere, se solicitará la intervención de los servicios de urgencias domiciliarias, quienes, en caso de extrema necesidad, pueden solicitar la ayuda de los Cuerpos de Seguridad del Estado. En esta situación, si el paciente es finalmente internado de forma involuntaria, se cursará, tal como se ha indicado anteriormente, una solicitud de autorización de ingreso involuntario lo antes posible y siempre antes de las primeras veinticuatro horas.

Si se considera que el estado del paciente requiere valoración pero no se trata de una urgencia y se niega a acudir a la visita, la única vía posible consiste en acudir al juzgado correspondiente y solicitar una autorización judicial de internamiento o de valoración.

Visto aqui